La disposición adicional 19ª de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular,

obliga a las Administraciones públicas a adjudicar al menos el 50% del importe del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos textiles a través de contratos reservados.

La disposición adicional 4ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público

obliga a las Administraciones públicas a reservar al menos el 10% del importe global de determinados contratos o de determinados lotes de los mismos a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción.

CONTRATO DESTACADO

Mancomunidad Urola Erdia

Los contratos reservados componen una figura específica de la legislación

que permite adjudicar contratos públicos exclusivamente a Empresas de Inserción y Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social, favoreciendo así la inserción laboral y la inclusión social de las personas vulnerables.

Para lograrlo, esta web ofrece un completo directorio a modo de caja de herramientas que comprende un análisis sobre el sector de la recogida de ropa usada en España, guías, argumentarios, ejemplos de licitaciones reservadas y otros materiales facilitadores para la calificación y adjudicación de contratos reservados en el sector de los residuos textiles.

Mapa de contratos reservados

En esta sección hemos habilitado un mapa interactivo con los contratos públicos reservados en el sector de la recogida, transporte y gestión de la ropa usada en España desde 2018 a la actualidad. En este mapa, que se está actualizando con las nuevas licitaciones, se pueden consultar y descargar los pliegos de cláusulas administrativas o navegar hasta el expediente completo de cada licitación.

Mapa de Empresas de Inserción y CEEIS

En esta sección podrá encontrar la ubicación de las empresas de inserción y CEEIS de su provincia.

Informe completo

La investigación y el informe completo se compone de tres capítulos.

El primero expone el contexto: la industria, los residuos textiles y su gestión.

En el segundo se analiza la gestión de la ropa usada en España:

  1. ¿Quién realiza la recogida y el tratamiento de la ropa usada? Esto nos lleva al imprescindible papel de las Empresas de Inserción.
  2. ¿Cómo se autoriza o adjudica? ¿Mediante convenio o contrato?
  3. ¿A cambio de qué? ¿Se cobra o se paga por la recogida de la ropa usada?

El tercer capítulo aborda la figura de los contratos reservados en el sector:

  1. Concepto, legislación y fundamentos de los contratos reservados.
  2. Análisis de los de contratos públicos (reservados y no reservados) en el sector de la ropa usada en España (años 2018 a 2021).
  3. Buenas prácticas.
  4. Fichas sobre experiencias relevantes.

Argumentario: ¿por qué reservar contratos públicos a empresas de inserción?

En este documento denominado argumentario hemos analizado, recopilado y fundamentado las razones por la que se debe reservar contratos a las Empresas de Inserción en el sector de los residuos textiles:

  1. Porque es una obligación de la ley de residuos.
  2. Porque la recogida selectiva de residuos textiles será preceptiva antes de 2025 y con un notable incremento de porcentajes.
  3. Porque la mejor gestión posible es a través de Empresas de Inserción y Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.
    1. Las Empresas de Inserción y los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social ya son los operadores mayoritarios.
    2. Poseen la mejor experiencia, trayectoria y calidad.
    3. Aportan un beneficio social y medioambiental incontestable.
  4. Porque existe un consenso en la ciudadanía sobre quién debe gestionar la ropa usada.

Argumentario: pago de contraprestación por la recogida y tratamiento selectivo de la ropa usada

Solo en el 24% de los contratos públicos relativos a la recogida de ropa se establece un pago por el servicio. Por el contrario, en el restante 76% son las Administraciones públicas las que cobran un canon por permitir la instalación de contenedores para la recogida de la ropa usada.

No obstante, el mejor e inapelable argumento para demostrar la imperiosa necesidad de abonar un precio justo por la recogida y el tratamiento selectivo de la ropa usada lo encontramos en los datos objetivos.

Así, en el informe adjunto demostramos con cifras concluyentes cómo aquellas poblaciones cuyas Administraciones públicas pagan a las empresas por recoger y gestionar de manera selectiva el residuo textil duplican, triplican y hasta cuadruplican la ratio de kilogramos por habitante y año de la media española en la recogida de ropa usada.

Calculadora del beneficio social y ambiental

Adjudicar contratos públicos de recogida y gestión de ropa usada a las Empresas de Inserción aporta indudables y cuantificables beneficios, cuyo cálculo facilitamos a través esta sencilla herramienta, en la que señalando el número de habitantes de una población, o el número de puestos de trabajo necesarios para realizar el servicio, es posible estimar:

Calculadora
Introduzca la cifra sin puntos en las centenas y millares

El estudio completo, la metodología de cálculo y los datos desglosados de los beneficios sociales y ambientales que proporcionan las Empresas de Inserción y los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social se encuentra disponible en el apartado de esta misma web titulado: Argumentario: ¿por qué reservar contratos públicos a empresas de inserción?

Guías sobre contratos reservados en el sector de la ropa usada

Puesto que los contratos reservados conforman el eje central de este estudio y de este recurso web, hemos redactado dos guías: una para las Administraciones públicas y otra para las Empresas de Inserción y los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.

En ambas abordamos de manera exhaustiva los contratos reservados en el ámbito específico del servicio de recogida, transporte y gestión de los residuos textiles, incluyendo ejemplos de pliegos reales, problemáticas específicas, recomendaciones prácticas y un análisis sobre diversas licitaciones en este sector.

Argumentario: ¿por qué reservar contratos públicos a empresas de inserción?

En este documento denominado argumentario hemos analizado, recopilado y fundamentado las razones por la que se debe reservar contratos a las Empresas de Inserción en el sector de los residuos textiles:

  1. Porque es una obligación de la ley de residuos.
  2. Porque la recogida selectiva de residuos textiles será preceptiva antes de 2025 y con un notable incremento de porcentajes.
  3. Porque la mejor gestión posible es a través de Empresas de Inserción y Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.
    1. Las Empresas de Inserción y los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social ya son los operadores mayoritarios.
    2. Poseen la mejor experiencia, trayectoria y calidad.
    3. Aportan un beneficio social y medioambiental incontestable.
  4. Porque existe un consenso en la ciudadanía sobre quién debe gestionar la ropa usada.

Informe: Cláusulas sociales y medioambientales en licitaciones relativas a residuos textiles

El 63% de las licitaciones públicas relativas a la recogida y tratamiento de la ropa usada incorpora cláusulas sociales y/o ambientales.

Estas cláusulas conforman una alternativa o un complemento muy interesante a los contratos reservados, por lo que hemos elaborado un informe de análisis y recopilación de las mismas.

En materia social se valora de manera principal la contratación de personas en riesgo de exclusión o con discapacidad, la donación de ropa usada o la perspectiva de género. Y entre las cláusulas ambientales están, por ejemplo, las acciones de sensibilización medioambiental, el porcentaje de reciclado de la ropa usada, o disponer de vehículos no contaminantes.

Informe jurídico: calificación como contrato público de la prestación de la gestión de los residuos textiles

Resulta habitual que las Administraciones públicas no califiquen como un contrato público la gestión de los residuos textiles a través de medios externos, sino que otorguen licencias de ocupación de vía pública sin coma o empleen la figura del convenio o de las subvenciones.

Conscientes de esta cuestión y su importancia hemos elaborado un informe legal basado en los siguientes pilares jurídicos:

  1. La legislación de residuos solo contempla como sistema de adjudicación de la gestión de residuos la contratación pública.
  2. La Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local señala que la recogida de residuos es un servicio de prestación obligatoria por las entidades locales.
  3. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público resulta indiscutiblemente aplicable a la recogida de residuos textiles: ámbito objetivo de aplicación, así como objetos contractuales (CPVs).
  4. La autorización para la instalación de contenedores no es una simple concesión demanial ajena a la legislación de contratos.
  5. La gestión de residuos textiles no puede adjudicarse a través de convenios públicos sin sujeción a la legislación de contratos.

Modelo de acuerdo sobre contratos reservados

La disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, obliga a todas las Administraciones públicas a calificar como reservado un porcentaje mínimo del total de sus contratos públicos, para ser licitado y adjudicado exclusivamente a las Empresas de Inserción y los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.

La realidad, sin embargo, es que apenas el 3% del conjunto de las Administraciones públicas han adoptado dicho acuerdo. Por esta razón, en este último apartado facilitamos un modelo que puede ser utilizado por el personal técnico para redactar un acuerdo obligatorio sobre el porcentaje mínimo de contratos reservados.

2024 © Un proyecto de modare.org